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Convención internacional sobre desapariciones forzadas

por Adital

Con una activa participación de la Argentina, se aprobó, en el día 22 de septiembre, en la sede de las Naciones Unidas (ONU), con sede en Ginebra, Suiza, un proyecto de La Convención para la Protección de las Personas contra las Desapariciones Forzadas, considerado delito de lesa humanidad.Desde hace más de dos décadas, la ONU debatía sobre las desapariciones forzadas. Hace tres años la redacción del texto de la convención entró en su etapa final en el grupo de trabajo de la Comisión de Derechos Humanos presidido por el embajador francés Kessedjian.

Muchas entidades de derechos humanos luchaban para que hubiera un instrumento internacional que resultara eficaz para la erradicación de esta violación. Para familiares de los desaparecidos resultaba fundamental que la convención se asegurara sobre: una definición del crimen que identifique claramente a los agentes del estado como los responsables de su comisión; que la desaparición forzada es un crimen de lesa humanidad, para que, de esta forma, sea mas eficiente la lucha contra la impunidad; la exclusión de toda referencia a la nefasta Doctrina de Seguridad Nacional como justificativo para no informar sobre el paradero de un detenido; y el establecimiento de un mecanismo de contralor que sea independiente, ágil y eficaz.

Después de la aprobación, en marzo del 2006 se tratará en la Comisión de Derechos Humanos de la ONU, cuya aprobación se descuenta, por lo que entonces pasará a la Asamblea General para su validez internacional como instrumento de naturaleza imprescriptible.

La resolución considera el derecho al reclamo ante la justicia, la reparación que corresponda y establece el derecho a conocer la verdad. La delegación de Argentina, que tuvo una actividad participación en todo este trámite, estaba encabezada por Rodolfo Mattarollo, actual Subsecretario de Derechos Humanos.

También ocupó un rol preponderante la delegación de Uruguay, la que junto con Argentina, propusieron el artículo que establece sanciones penales la apropiación de niños y niñas colocados en situación de desaparición forzada y obliga restablecerlo a la familia biológica, en un logro que tiene como adalides a Madres y Abuelas de Plaza de Mayo.

 

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