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Archivos El caso Bernal: comunicado de la FEDAP por la Federacion de Asociaciones de Profesionales de Panamá CONSIDERANDO 1. Que el Consejo General Universitario (CGU), de la Universidad de Panamá, en reunión celebrada el día 27 de septiembre de 2005, ha declarado "non grato" al catedrático, Doctor Miguel Antonio Bernal. 2. Que la referencia al artículo 38, numerales 1 y 4, de la ley orgánica de la Universidad de Panamá, que hace el CGU para sustentar tal decisión, no es aplicable en el caso del Dr. Miguel Antonio Bernal. RESUELVE 1. REPUDIAR la resolución del CGU, que declara "non grato" al catedrático, Dr. Miguel Antonio Bernal, por antiuniversitaria y antidemocrática. 2. ADVERTIR al CGU que el comportamiento que la sociedad panameña exige a los universitarios es la de análisis, crítica y denuncia valiente de las irregularidades que ocurran en nuestra máxima casa de estudios superiores. 3. RESALTAR que el catedrático, Dr. Miguel Antonio Bernal, es un ciudadano de méritos reconocidos a nivel nacional e internacional y CONSIDERAR que tal acción del CGU en nada mantiene ni acrecenta el prestigio de la Universidad, toda vez que, por el contrario, la desacredita al contradecir las normas que, impropiamente, utiliza como sustento jurídico. 4. CONSIDERAR el acto de declarar "non grato" al catedrático, Dr. Miguel Antonio Bernal, como intimidatorio y lesivo a todos los universitarios que deseen expresar sus opiniones libremente y sin temor a represalias o persecuciones.
Dado
en la ciudad de Panamá a los treinta (30) días del mes
de septiembre del año 2005 También en esta sección:
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