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Vol.
15, No. 14 |
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Carta
abierta a los magistrados del Tribunal Electoral
por Virgilio Araúz Después de las elecciones, las declaraciones de Ustedes, en torno a la cuestión del Código Electoral, en especial, el discurso del presidente del Tribunal Electoral, Erasmo Pinilla, al proclamar como Presidente al Sr. Martinelli, se insistió por omisión en mantener las condiciones antidemocráticas vigentes del Código Electoral. Esas condiciones, reducen la participación política a la gran mayoría del pueblo panameño, que no es millonaria, a elegir a los malos candidatos que se nos presentan cada cinco años con las mismas propuestas antinacionales y antipopulares que están hundiendo cada vez más al país. Lo anterior, lo hemos denunciado como inconstitucional y violatorio de derechos humanos fundamentales, que nos facultan a TODOS LOS CIUDADANOS Y CIUDADANAS A ELEGIR Y SER ELEGIDO. A la gran mayoría de los panameños y panameñas se nos priva de la posibilidad de ser elegido, al menos que, como hacen en cada elecciones oportunistamente, se haga a través de uno de los partidos legalmente existentes que está demostrado puede servir como una salida individual, pero no para la mayoría de la población. Como quiera, que nuestros argumentos no son nuevos, reiteraremos, citándoles cartas anteriores a Ustedes, a la Asamblea Legislativa y a la Defensoría del Pueblo, sobre lo que nosotros, el Partido de las Trabajadoras y Trabajadores de Panamá,-PTP- hemos planteado. En carta dirigida a Ustedes, el 30 de noviembre de 2,005, planteamos: “El Artículo 131 de la Constitución considera que "Son ciudadanos de la República todos los panameños mayores de dieciocho años, sin distinción de sexo". Quienes firmamos esta carta, estimamos, de acuerdo a lo anterior, que los trabajadores y pobres de este país somos también panameños, a pesar de que seamos excluidos del beneficio de la riqueza que nosotros mismos generamos.” “… la Constitución establece en su Artículo 132 que "Los derechos políticos y la capacidad para ejercer cargos públicos con mando y jurisdicción, se reservan a los ciudadanos panameños". Es decir, que todos tenemos derechos a ejercer "cargos públicos con mando y jurisdicción"... “Es más es un derecho humano, la Declaración Universal de los Derechos Humanos" de la ONU dice: "Artículo 21 Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos. Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país”. Y se reitera en el Pacto por los Derechos Políticos, de 16 de diciembre de 1966 y que entró en vigor el 23 de marzo de 1976” . “Todos estos derechos los tenemos los panameños teóricamente, pues después de la invasión se han vulnerado de manera creciente. Antes de la invasión, por ejemplo, existían los libros móviles, ahora se han hecho estacionarios. El argumento fue la corrupción en la recolección de firmas, sin embargo, es nuestra posición que con ello se benefició a los partidos de gamonales y ricos, quienes son los que se han inscrito y que se habla públicamente de que inscribir un partido con más 60,000 firmas como establece el Código Electoral (4% del electorado o de la última votación) cuesta dos millones o más y se siguen comprando las firmas directa o indirectamente, pues la inscripción no tienen que ver nada con la fortaleza política o entereza moral de los partidos, sino por los millones que poseen sus dueños”. “Lo injusto y antidemocrático de las normas se evidencia cuando hacemos comparaciones con otros países. En la Unión Europea los requisitos son generales y es el elector el que define si una persona es presidente, diputado, concejal o no. Acá en Panamá, es el Código Electoral antidemocrático el que decide si uno es candidato o no, con medidas realmente dacronianas…” “Queremos expresarle que en nuestra revisión de las legislaciones electorales no hemos observado uno más antidemocrático que el impuesto en Panamá. Por ejemplo, sólo el método de recolección de firmas agrava las condiciones, si se diera el caso de igualdad en este requisito. Lo más general es que las firmas se recojan a cualquier hora y lugar a lo sumo en Documentos dados por los órganos Electorales y en algunos casos deben ser notariados.” “Lo del Código más antidemocrático queda a la vista con sólo citar algunos casos. Y para ello hemos elegido cinco países. En primer lugar los países vecinos. “En Costa Rica se permiten tres tipos de partidos: El Cantonal (municipal), -el provincial y el nacional. Para los dos primeros se requiere el 1% de los electores en la respectiva circunscripción. Para el partido nacional se requieren "3,000 adhesiones de electores inscritos en el registro Civil" ((Art. 64 de la Ley Electoral de Costa Rica de 1996). Costa Rica tiene un millón más de personas que Panamá”. “En el caso de Colombia el Estatuto básico de los partidos y movimientos políticos, Ley 130 de 1994, establece en su artículo 3° la exigencia de 50,000 firmas para el reconocimiento de personería jurídica. Colombia tiene una población de 46 millones o 15 veces la de Panamá”. “Para completar este cuadro señalaremos que en el Perú se exige de acuerdo a la Ley Orgánica de Elecciones generales del año 2,001, el 1% del registro electoral. En Chile de acuerdo a la Ley N° 18,603, Ley Orgánica Constitucional de los Partidos Políticos, en su artículo 6° se establece que "en un plazo de doscientos diez días" el partido debe afiliar a lo menos, al 0.5% del electorado que hubiere sufragado en la última elección de Diputados en cada una de las regiones donde esté constituyéndose...". “Por último, para no alargar esta carta; pero que, a su vez, resulta escandaloso; en México con más 106 millones de habitantes, es decir, 35 veces la población de Panamá, se exigen la misma cantidad de firmas. En efecto, la Ley Electoral Mexicana de 1994 con su Reforma Político Electoral de 1996, establece en su artículo 24, numeral 1, que "Para que una organización pueda ser registrada como partido político nacional, deberá (afiliar)... en ningún caso, el número total de de sus afiliados en el país podrá ser inferior a 65,000". El 5 de diciembre de 2,006, asistimos a la Asamblea Legislativa ante una nueva imposición y señalamos: “El Proyecto de Reformas Electorales mantiene el carácter antidemocrático del Código Electoral antes expuesto, debido a que no discute el tema central de la participación de TODOS LOS PANAMEÑOS, sino sólo de quienes ya están en partidos políticos y de quienes disponen de fuertes sumas de dinero para hacerlo”. “Es más la única apertura existente se dio en el 2,004 con la incorporación de la candidatura independiente para diputados, sin embargo se anula al seguir imponiendo las trabas en el Artículo 61 del Proyecto de Ley …” que mantiene los requisitos antidemocráticas que caracteriza el Código Electoral. También hicimos una Carta al entonces Defensor del Pueblo, el 10 de diciembre de ese mismo año, con la cual agregamos que la participación política es un derecho humano: “Es más el cumplimiento de los derechos políticos se considera en la actualidad como un factor importante para el desarrollo humano de los pueblos, lo cual entendiendo que Panamá tiene una de las peores distribuciones de la riqueza del mundo es fundamental tener presente, pues al excluir a sectores de menos recursos económicos, contribuye a esta injusta situación. En efecto, El Segundo Informe sobre Desarrollo Humano en Centroamérica y Panamá "adopta de manera central la visión de desarrollo humano como la ampliación de las opciones de las personas -incluyendo las libertades políticas y la garantía de otros derechos humanos." (Proyecto Estado de la Región , 2,003). Nuestra exigencia de democratización del Código Electoral prosiguió en el impulso de la candidatura de nuestra Secretaria General, Priscilla Vásquez. Denunciando en carta el 22 de enero de 2,008, sobre como se dejaba en manos de los Magistrados del Tribunal Electoral, la decisión sobre la libre postulación, en cuanto a cuando se entrega los libros para la recolección de firmas y el carácter de libros móviles. Señalamos: “Pese a esa legislación ya de por sí extremadamente antidemocrática, resulta que Uds, Señores magistrados, están violando con esta omisión…” “Resulta que no podemos postularnos, sino hemos cumplido con las trabas del Código Electoral y de la reglamentación dispuesta por Uds, como Magistrados, ya que ni siquiera podemos iniciar el proceso de recolección de las firmas de quienes nos apoyan para HACER LA SOLICITUD ”. “Esta situación impide que APENAS HAGAMOS LA SOLICITUD PARA SER CANDIDATOS Y AGRANDA LAS VENTAJAS DE LOS PARTIDOS ANTE QUIENES POR NO CREER EN NINGUNO DE LOS EXISTENTES, QUISIÉRAMOS PARTICIPAR DE MANERA INDEPENDIENTE”. Citando los artículos del Código Electoral denunciamos en esa carta que no se nos aplicaban los mismos derechos a la libre postulación que los partidos en formación como señalaba el Código Electoral en cuanto a la renuncia tácita. El 16 de marzo de 2,008, en el desayuno de postulación, la Compañera Priscilla Vásquez, denunció en su discurso: “Del 2,004 hasta hoy los partidos políticos tradicionales, hoy inscritos, han recibido más de 16 millones de balboas. Y recibirán de aquí a las elecciones 4 millones más”. “Todo ese dinero es nuestro porque son impuestos que hemos pagado o impuestos que esos empresarios metidos en política para defender sus intereses deben pagar de sus empresas y que el código le permite descontar en el pago del impuesto sobre la renta hasta 10,000 balboas anuales por empresa”. “Por eso hay que tener claro que todos esos regalos, becas, las pachas que reparten, las bolsitas de comida, los 3 balboas por las firmas, son política que hacen con el dinero nuestro”. “La infamia del Tibunal Electoral, que no da los libros para empezar a inscribirnos, para favorecer más a los ricachones de los partidos, es que cuando nosotros inscribamos la candidatura, porque lo vamos a hacer a pesar de todos sus millones, es que nos darán 0.30 centavos por firma,...” Le hemos recordado nuestras denuncias contra el antidemocrático Código Electoral porque no puede ser Señores Magistrados que se repita la historia en la Próxima Comisión de Reformas Electorales a instalarse en enero del 2,010. Por ello desde ya hacemos la siguiente propuesta en base a lo discutido en cada coyuntura con Ustedes. Solicitamos la reestructuración de esa Comisión, en la cual pueda participar toda persona o grupo interesado en el tema, ya que LA SOCIEDAD SE HA PRONUNCIADO EN CONTRA DE LAS ARBITRARIEDADES DE LOS DUEÑOS DE PARTIDOS POLÍTICOS LEGALES. Le recordamos que deben permitirse los libros móviles para la inscripción de partidos, ya que ese fue un compromiso de Ustedes con el Movimiento de Candidaturas Independientes, de no darse ningún problema al hacer uso de ellos por las candidaturas por libre postulación. No tenemos noticia de ningún problema al respecto. Es nuestra convicción que debe permitirse la legalidad a todo grupo de ciudadanos y ciudadanas que así lo deseen como en la Unión Europea, y sean los electores, quienes decidan quien es representante, diputado, alcalde o presidente. Pese a ello, planteamos que para la cuota de inscripción debe imitarse a nuestra vecina Costa Rica y no exigir más de 3,000 firmas para legalizar un partido político nacional. Debe permitirse, igualmente, los partidos municipales y provinciales, manteniendo la libre postulación a todos los cargos de elección, con el 1% de los votos emitidos en la elección anterior para cada circunscripción, tal como se establece en Costa Rica. Consideramos que existe inequidad en la distribución del subsidio electoral y debe repartirse entre todo el que logra el porcentaje mínimo, incluyendo a la libre postulación. Esta inequidad se mantiene al no existir tope en el gasto electoral. Somos del criterio que ningún partido o candidato debe gastar más de lo que el estado subsidia, para lo cual es necesario repartir equitativamente entre partidos y candidatos independientes el dinero para su participación. No deben permitirse las donaciones privadas, pues, como se demostró en las últimas elecciones, aquí radica el carácter antidemocrático, al darle ventajas a los millonarios, además, de la posibilidad de introducirse dineros mal habidos. Sin otro particular. Atentamente. Virgilio Araúz También
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